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NovaGalicia impone el canje de preferentes y subordinadas a ciegas

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Afectados por las preferentes y subordinadas de Novagalicia desplegaron sus pancartas en las escalinatas de acceso a la Catedral de Santiago de Compostela, ayer, durante la asamblea celebrada en la Plaza del Obradoiro. / Xoan Rey (Efe)

A pesar de que los preferentistas y otros titulares de productos financieros tóxicos de Novagalicia Banco (NCG) están obligados por ley a canjear sus títulos por acciones o efectivo antes del próximo 12 de julio, se niegan a dar la batalla por perdida y acatar la devaluación de sus ahorros. Abogados de los afectados preparan una estrategia de reclamación sistemática ante las oficinas para no clausurar la vía jurídica, y poder así seguir litigando hasta que la Justicia declare nulos los contratos de preferentes y otros productos tóxicos. “Todo esto es una nueva trampa. Novagalicia sin duda va a pretender que aquellos contratos no son nulos porque han sido validados, ahora, por la propia aceptación del canje de los títulos en liquidez que ahora se está haciendo. Es decir, al firmar, los preferentistas podrían estar validando aquel contrato con el que fueron engañados inicialmente, y se debilita considerablemente su capacidad para seguir litigando: salvo si en el momento de la firma presentan una reclamación ante la entidad”, señala uno de los abogados consultados.

Uno de los aspectos que centrará esta reclamación sistemática con la que grupos de afectados pretenden inundar las oficinas de NGB se refiere a las imposiciones de la entidad en la tramitación burocrática. No se le ofrece al cliente la posibilidad de llevarse a casa, para consultar con su abogado, el contrato original que va a firmar, sino un documento informativo que, según aseguran los responsables de la oficina, coincidirá con lo que finalmente se firme. Fuentes de la entidad lo justifican diciendo que es “una práctica bancaria común que se aplica no solo en estos casos, sino también en hipotecas y cualquier tipo de contratos. Se hace así para la garantía del cliente. Si se lleva el contrato original y lo trae ya firmado, la entidad no tiene la garantía de si lo ha firmado el cliente u otra persona”, apuntan.

cuartopoder.es (CP) se puso en contacto telefónico con la Oficina de Atención a Clientes de preferentes de la entidad.

OFICINA NCG.- ¿En qué podría ayudarle?

CP.- Mire, tenemos un problema. Mi madre es titular de obligaciones subordinadas y ha ido a recoger la documentación para que la vea un abogado, y le dicen que solo le dan una hoja informativa, no el contrato.

NGB.- No, el contrato no se lo dan hasta que lo firma. A no ser que vaya, que vaya su madre, si puede ir, con el abogado…

CP.- Claro, pero el abogado nos sale carísimo.

NCG.- Claro, no, a ver, sí…

CP.- Entonces, ¿qué hacemos? Porque nosotros ya nos hemos sentido estafados.

NCG.- Ya, ya…

CP.- ¿Y ahora tenemos que fiarnos de su buena fe y de que ese documento informativo va a ser el definitivo?

NCG.- Claro, ya, ya…

CP.- Entonces, ¿qué solución me da?

NCG.- O sea, que tienen la desconfianza de que no sea así.

CP.- Claro, claro. Es que nos estamos teniendo que fiar de una entidad que ya nos ha metido en un lío.

NCG.- Claro, a ver, sí. Pero al venir al banco, a usted le pueden dar la información de lo que va a cobrar. Por ejemplo. Imagine que su madre tiene mil euros… Entonces le dicen: “Señora, usted puede recuperar el 54% si las vende”. Entonces, 540 euros es lo que usted va a obtener. Y el 19 de julio ya se le haría el ingreso en la cuenta.

CP.- Muy bien. Pues muchas gracias.

Puestos en contacto con varias oficinas, los abogados de los preferentistas han sido informados de que “el sistema del banco no permite la emisión de los contratos del canje hasta que se ha aceptado, informáticamente, dicho canje”. Hecho que consideran insólito: “Primero se realiza de forma irrevocable el canje de los valores, por parte del empleado del banco, y, sólo después, se pueden imprimir los contratos a firmar”, aseguran.

Los abogados de los preferentistas afirman que esta práctica “va a poder ser argumentada por los ahorradores como una nueva imposición de la entidad, y no se podrá hacer valer por NGB el hecho de que el cliente haya aceptado el canje de forma asesorada y entendiendo lo que firma. De forma que, con dicho canje, valide el contrato que se pretende anular en las demandas judiciales”, argumentan las mismas fuentes. Es decir: los abogados de los preferentistas creen que los clientes no preparados no tienen capacidad, tampoco ahora, para entender exactamente lo que firman.

“Nuestros clientes están alarmados, y con razón. O acuden a firmar con su abogado, con el consiguiente gasto que eso supone, o desconfían de la misma entidad que ya les ha engañado anteriormente. Estamos recibiendo constantes llamadas estos días. Además, las excusas que se dan de NGB para justificar esta actitud son falaces. ¿Cómo que no dejan al cliente sacar su documentación para protegerlo? Es absurdo. Los empleados de NGB nos están diciendo que nos fiemos de ellos. Que lo que va a firmar el cliente coincidirá con los documentos informativos que se entregan previamente. Pretenden que, tal como están los ánimos con estos productos tóxicos, se haga un nuevo acto de fe en una entidad que les engañó anteriormente”, señalan los letrados.

Con las reclamaciones sistemáticas en las oficinas bancarias por la imposición que ahora está haciendo el banco para el canje obligatorio de preferentes, los abogados pretenden que no se cierre la posibilidad de seguir litigando. Y su estrategia continúa siendo demostrar “que todos los emisores de preferentes sabían que el cliente, el comprador, nunca podría ganar. Hay vicio en el consentimiento. Con pericias económicas realizadas por un auditor, se prueba que las preferentes están diseñadas para que sea el emisor quien siempre se garantice un beneficio. Y que el cliente siempre pierda. Sin margen de subjetividad. Además, las periciales económicas están probando que, de forma muy habitual, con anterioridad a la compra de preferentes y subordinadas, se cancelaba anticipadamente otro producto a plazo, con penalización por dicha cancelación anticipada, para disponer de dinero para la compra de los híbridos, generalmente, de igual o menor rentabilidad que el producto seguro que se tenía anteriormente. Sólo una persona que a la que se le está engañando haría esto”, apuntan.

Y también desconfían de las prisas del FROB por hacer efectivo el canje. “Dan a los titulares de productos híbridos un plazo muy corto para que decidan transformar sus acciones en dinero, dinero que paga el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD). El plazo para realizar esto es hasta el 12 de julio de 2013, empezando el 17 de junio. Poco menos de un mes para que decidas si quedarte con acciones de NCG con valor cero o conseguir algo de dinero tras la quita. Este corto plazo no tiene ningún sentido económico. ¿Qué puede mover al FROB y al FGD (para que nos entendamos, el Ministerio de Economía) a cerrar la puerta de la liquidez de forma tan apresurada? ¿No sería mejor dejar un plazo largo o, incluso, indefinido, ya que pagar más tarde siempre es más beneficioso para el FGD que pagar todo en julio de 2013? Esto se hace, evidentemente, porque no se quiere que estos afectados puedan solicitar el lugar que les correspondería en las próximas juntas de accionistas de NCG, montando lío y pidiendo los asientos en el consejo de administración a los que pudieran tener derecho gracias a sus porcentajes accionariales”, concluyen.


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